Elige el caso que más se aproxime a tu reclamación
El Juzgado de Primera Instancia n.º 96 de Madrid ha dado la razón a nuestra clienta Carmen en su reclamación contra Cofidis. El contrato de crédito que firmó en 2016 ha sido declarado nulo por usurario. Resultado: Cofidis tendrá que devolverle todo lo que pagó de más.
Carmen firmó en diciembre de 2016 un contrato de "línea de crédito" con Cofidis. Aunque el producto no era una tarjeta revolving, funcionaba de forma similar: permitía disponer de dinero con una facilidad que, con el tiempo, se convertía en una trampa. El problema estaba en el interés aplicado: una TAE del 24,51%.
Para que te hagas una idea: ese año, el interés medio de los créditos al consumo era del 8,45% según el Banco de España. Es decir, Cofidis le aplicó a Carmen un interés tres veces superior al normal. Y eso, según el Tribunal Supremo y la Ley de Represión de la Usura, es usura de manual.
El juez no tuvo dudas: declaró la nulidad radical del contrato por usurario. Esto significa que Carmen solo tendrá que devolver el capital que efectivamente recibió, y Cofidis está obligada a devolverle todas las cantidades que haya pagado de más en intereses y comisiones. Además, la entidad fue condenada a pagar las costas del juicio.
Conclusión: Este caso demuestra que muchas personas están pagando intereses abusivos sin saberlo. Si tienes un crédito con Cofidis (o con otra financiera), podrías estar en la misma situación que Carmen. En RBN Reclamaciones Bancarias somos especialistas en detectar estos abusos y reclamar lo que te corresponde.
Ponte en contacto con nosotros. Revisamos tu contrato sin compromiso y te ayudamos a recuperar tu dinero.