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El Juzgado de Primera Instancia número 6 de Oviedo ha dictado otra sentencia declarando la nulidad de los intereses abusivos cobrados a un cliente por una tarjeta Visa MediaMarkt, y condenando a la entidad Banco Cetelem, encargada de la financiación, a reintegrar al demandante más de 11.000 euros en concepto de intereses cobrados en exceso.
Nuestro cliente, contrató la tarjeta en el momento de ir a comprar un ordenador en una tienda Media Markt, ante el ofrecimiento del empleado, que no obstante, no le dio ninguna explicación sobre las condiciones financieras asociadas a la línea de crédito.
Como ya sabéis, las tarjetas de Media Markt son tarjetas revolving que están siendo sistemáticamente anuladas por los Tribunales por cobrar intereses abusivos a sus clientes. En este caso, Cetelem dispuso en la letra pequeña del contrato unos intereses del 12,25%
La sentencia declara que, a pesar de la firma del contrato por parte de nuestro cliente, no se le proporcionó información suficiente sobre las consecuencias económicas a largo plazo del pago aplazado ni sobre la acumulación de intereses. Esta falta de transparencia es, precisamente, lo que ha sido el fundamento del fallo.
El juez, la magistrada Beatriz Fernández Díaz, ha resuelto a favor de nuestro cliente, declarando nulo el contrato de crédito por falta de transparencia y abuso en las condiciones de interés aplicadas. En el fallo, se argumenta que el cliente no fue adecuadamente informado sobre la “verdadera carga económica” del contrato, en línea con la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que exige un alto nivel de claridad en los contratos financieros.
La sentencia condena a Banco Cetelem a la devolución de los intereses cobrados en exceso, sumando un total de más de 11.000 euros, que ya han sido depositados en la cuenta del Juzgado de Oviedo.

Desde RBN Reclamaciones Bancarias, firma legal especializada en reclamaciones bancarias por tarjetas revolving, su portavoz ha expresado que esta resolución marca un precedente significativo en la defensa de los consumidores frente a prácticas abusivas en el sector financiero. “Estamos satisfechos con esta decisión, ya que refuerza la protección de los derechos de los consumidores, quienes no deberían sufrir intereses desproporcionados debido a la falta de información en el momento de la contratación”, afirmó el abogado del demandante, Eugenio María Salinas Casanova.
Este fallo sienta un precedente clave para consumidores que se encuentran en situaciones similares, especialmente aquellos con tarjetas de crédito que incluyen opciones de pago aplazado. Desde RBN Reclamaciones Bancarias, recomiendamos a todos los usuarios de este tipo de productos financieros revisar sus contratos y, en caso de detectar irregularidades, buscar asesoría legal para proteger sus derechos.
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