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Seguimos analizando las cláusulas abusivas de la tarjeta Pass (IV)

  • 16 de Febrero de 2024

En el blog de esta semana os vamos a contar un nuevo capítulo de porqué las condiciones generales de la tarjeta Pass están sistemáticamente siendo anuladas por los Tribunales.

En anteriores artículos os hemos estado hablando del tipo de interés abusivo (más de 20%); del seguro de amortización que muchas veces sus empleados tratan de "colar"; o de la potestad que se autoirroga Carrefour de poder ampliar unilateralmente (y sin conocimiento del cliente) el límite de crédito de la tarjeta.

Todo, absolutamente todo tiene una única finalidad: y es que el cliente se endeude lo máximo posible, que lo haga durante mucho tiempo, y que pague por ello los intereses más caros posibles.

Pues bien, esta semana vamos hablar de otra “trampa” escondida dentro de las condiciones generales de la tarjeta Pass, y que se llama “anatocismo”.

¿En que consiste?  Es un pacto en virtud del cual en caso de impago los intereses y comisiones no satisfechos se capitalizan, generando más intereses, lo que determina que la deuda que el cliente mantiene con la entidad pueda llegar a conformarse mayoritariamente de intereses y comisiones, y no del efectivo obtenido o dispuesto con el uso de la tarjeta.

Así, en la Estipulación 4ª de las condiciones generales de la tarjeta Pass Carrefour impone una comisión por recibo impagado de 39 euros, que se cobra de la siguiente manera:

Os lo traducimos, porque, aparte del tamaño de la letra, es imposible un consumidor normal que lo entienda: resulta que si un cliente impaga -o simplemente se retrasa- en el pago de una cuota, automáticamente se genera una penalización de 39 €, que se incorpora a la cuota que le pasan al mes siguiente. Si esta nueva cuota se vuelve a impagar se añaden otros 39 €, y así sucesivamente

Os ponemos un ejemplo: imaginaos una cuota de 100 € que nos la pasan y no podemos pagarla: según el contrato, se devenga una comisión de impago de 39 €. El primer mes tras el impago nos pasarán los 139 € del mes pasado, más los 100€ que corresponden a este mes, es decir, 239 €. Si continuamos sin poder pagarlos, al segundo mes nos pasarán los 239€ impagados, más otros 39 € de la comisión, más los 100 € que corresponden al nuevo mes; en total, 378 €. Al tercer mes, el recibo que nos pasen incluirá los 378 € impagados el mes anterior, más la consabida comisión de 39€, más los 100 € que corresponden al nuevo mes; en total, 517€. Y así hasta el infinito...

Es decir, resulta que en tres meses que nos hemos retrasado en el pago de la tarjeta, Carrefour le cobra al cliente 117 € de comisiones por impago, cuando las tres cuotas impagadas (100 € mensuales) suman solamente 300 €. Es decir, más de una tercera parte de lo que nos reclama Carrefour serían comisiones.

Pero ahí no queda la cosa, porque de los 100 € que nos pasa mensualmente Carrefour, resulta que más de la mitad son intereses (ver artículo que publicamos el 5 de noviembre), con lo que de los 400 € que nos pasan en total, más de 200 serían intereses.

En definitiva, siguiendo el ejemplo que os hemos puesto, resultaría que de los 517 € que nos pasa Carrefour, 317 € son intereses y comisiones. En esto consiste el anatocismo.

¿Cómo va a ser posible que una persona normal en este país pueda cumplir en plazo con estas condiciones tan abusivas?

Los Tribunales ya se están encargando de anular estos pactos predispuestos en los contratos de la tarjeta Pass por su falta de transparencia y opacidad. Como dice SAP Barcelona (Sección 17ª) de 19 de mayo de 2023:

"No puede sino estimarse que el descrito mecanismo de la capitalización de los intereses comisiones y otros gastos devengados en su caso, así como las consecuencias de la capitalización, forman parte esencial, definitoria, del contrato de emisión de tarjeta de crédito en su modalidad revolving, por lo que uno y otras han expresarse de forma destacada, clara y comprensible, para que cualquier consumidor medianamente informado y atento pueda conocer de los costes económicos que su suscripción le puede generar. Es decir, la capitalización de los intereses y consecuencias forman parte de aquellos datos a examinar en el contrato para comprobar que sus condiciones superan el control de transparencia.

En idéntico sentido, SAP Barcelona (Sección 17ª) de 14 septiembre de 2023:

“A la vista del contrato, estimamos que la condición general relativa a los intereses remuneratorios, si bien supera sin esfuerzo el control de incorporación, no pasa el control de transparencia pues no es posible que un consumidor medio pueda entender que los intereses generados en cada amortización se sumarán al capital, incrementándose éste con aquellos, de tal manera que, aunque se abonen puntualmente las cuotas pactadas, la deuda se podrá ir incrementando incluso sin nuevas disposiciones. Esto es, un consumidor medio no puede conocer la carga económica, el coste real, que le representa el contrato.”

Si ves que te encuentras en un supuesto similar, no dudes en ponerte en contacto con nosotros, y lograremos que te devuelvan todos los intereses y comisiones abusivas que han estado cobrando.

Más información: ¿Cómo es posible que si el límite de mi tarjeta eran 600€ deba ahora 3000€? Te lo explicamos. Pincha aquí

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